1. ¿La obligación de contar con un ingeniero de seguridad se trasladan también a las contratistas mineras y de actividades conexas?
2. ¿Es procedente constitucionalmente establecer requisitos para la gerencia de seguridad y salud ocupacional?
3. ¿Qué sucede con las facultades de universidades que han creado la carrera profesional de ingeniería en seguridad e higiene minera?
Es un abuso y una forma de monopolio por parte de los Ingenieros de Minas, que sólo facultan a los ingenieros de minas geólogos y metalurgistas para ejercer como ingenieros de seguridad; dejando de lado muchos profesionales de otras carreras con mucha experiencia y trayectoria. Además muy bien capacitados, este abuso debe de terminar.